Hola alumnos y alumnas del IES El Greco. Soy
Javier, estudiante de primer curso de integración social. He querido compartir
esta noticia con todos vosotros porque me ha parecido muy interesante. Los
tiempos están cambiando y con ello se normalizan situaciones que ya deberían
estarlo, como esta:
¿Cómo es
posible que se niegue una prestación económica a una pareja solo por el simple
hecho de ser homosexuales?...
He querido compartirla por que se sanciona al
país por este acto y me parece positivo que poco a poco se vayan castigando
esta serie de discriminaciones sin fundamento. Un saludo y espero que os
resulte tan interesante como a mí.
Condenan a Colombia por negar pensión a una pareja del
mismo sexo
La Corte Interamericana de Derechos Humanos le ordena
al Estado indemnizar a un hombre discriminado por su orientación sexual
La Corte Interamericana de
Derechos Humanos (CorteIDH) condenó al Estado colombiano por la violación al
derecho a la igualdad y a la no discriminación en el caso de un hombre que
intentó tramitar una solicitud de pensión tras la muerte de su pareja, del
mismo sexo, en el año 2001.
El abogado Germán Rincón
Perfetti, que acompaña el proceso desde el inicio, explica que la lucha de
Ángel Duque por tener garantías para obtener la pensión que le correspondía
después de varios años de convivencia con su pareja, los motivó a llevar el
caso a la Corte Constitucional de Colombia. Sin embargo, cuenta el abogado,
este tribunal no lo seleccionó para su estudio por lo que decidieron elevarlo a
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). "La Comisión
determina que hubo una situación de discriminación, pero el caso sigue sin
tener avances en Colombia y por eso llega a la Corte, que este viernes nos
envía la sentencia en la que se protegen los derechos del afectado y se sienta
un precedente clave para la igualdad en el país", asegura Rincón Perfetti.
"El Estado debe
garantizar al señor Duque, una vez que presente la solicitud de reconocimiento
de la pensión de sobreviviencia, que esta será tramitada de forma prioritaria,
en un plazo de tres meses", señala la sentencia,
que además fija "en atención al sufrimiento y daño de orden inmaterial que
dicha violación causó a la víctima" una indemnización de 10.000 dólares.
También, deberá garantizarse que reciba el dinero que no pudo obtener en su
momento por no tramitarse la pensión de manera efectiva.
"La Corte advierte que en el presente caso se concluyó que el
Estado es responsable por la violación al derecho a la igualdad y no
discriminación en perjuicio del señor Ángel Duque toda vez que no se le
permitió acceder en condiciones de igualdad a la pensión de sobrevivencia
establecida en la normatividad interna colombiana", se lee en el
documento. La decisión se conoce una semana después de que la Corte
Constitucional de Colombia reconoció el matrimonio entre parejas del mismo sexo y
reitera la importancia de que en el país se apliquen los derechos de igualdad
que se han avalado en los últimos años. "Desde el 2009 las personas de la
comunidad LGBTI, gracias a una sentencia de la Corte Constitucional tienen
derecho a pensión, desde el año 2011 se les reconoció como familia y en el 2015
fue aprobada la adopción. Sin embargo, hacía falta un pronunciamiento
internacional para que se cierre de una vez la puerta a la
discriminación", señala el abogado.
En la sentencia, la Corte
afirma haber encontrado al "Estado responsable por la violación al derecho
a la igualdad ante la ley por la existencia de una norma discriminatoria que le
fue aplicada al señor Duque. En ese sentido, el Tribunal concluyó que el señor
Duque no tuvo acceso en condiciones de igualdad y sin discriminación a la
posibilidad de reclamar una pensión de sobrevivencia". Para Rincón
Perfetti, la decisión de la CorteIDH es un paso más hacia el camino de la
igualdad, que muchas veces se queda en las leyes, en el papel. "Es un
llamado de atención para que se deje atrás los prejuicios religiosos y se
cumpla lo que la lucha de las parejas del mismo sexo ha logrado en materia de
derechos", reitera.